lunes, 13 de agosto de 2012

Prohibición inmediata del Endosulfán

A través de un proyecto de ley, el diputado nacional Antonio Riestra, propone la prohibición inmediata de la importación, elaboración, formulación, comercialización, uso y aplicación del principio activo Endosulfán y los productos que lo contengan. El legislador también reclama la derogación de una resolución del SENASA que permite el uso de este peligroso producto hasta julio de 2013. Conocé el texto del proyecto


El Endosulfán y sus productos formulados, constituyen una de las familias de insecticidas más peligrosos para la sanidad del ambiente y de las personas. En octubre de 2010 el Comité de Examen de Contaminantes Orgánicos Persistentes del Convenio de Estocolmo, recomendó la inclusión de este producto en el Anexo A de dicho Convenio, con recomendaciones específicas dada su peligrosidad. (Decisión POPRC-6/8). También la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA) lo ubicó en el grupo "1b" (sustancias altamente peligrosas). El uso de este pesticida está prohibido en la Comunidad Europea, Colombia, Belice, Singapur, y tiene uso restringido en muchos otros.

En este sentido, el Decreto Nº 21 del 16 de enero de 2009, creó la Comisión Nacional de Investigación, Prevención, Asistencia y Tratamiento en casos de intoxicación con productos agroquímicos y también recomendó suprimir el uso del principio activo Endosulfán y sus productos formulados en todo el territorio nacional.

Recién en el año 2011, tras un largo camino de reclamos de organizaciones sociales, campesinas, científicos, entidades intermedias y redes de ambientalistas, el SENASA emite la Resolución 511/11, donde se establece un sistema progresivo de restricciones para el Endosulfán, que injustificadamente se extiende hasta el año 2013 la importación, elaboración y uso de este principio activo.

El Endosulfán afecta al sistema nervioso central. En adultos expuestos a altos niveles se han observado hiperactividad, náusea, mareo, dolor de cabeza o convulsiones. La intoxicación seria puede causar la muerte. Es fácilmente absorbido por el sistema digestivo, pulmones y piel. La exposición crónica a bajas dosis se relacionó en animales de laboratorio con daños renales y hepáticos, y en el desarrollo del feto. También disminuye las defensas ante infecciones.

Dado el consenso sobre la peligrosidad de esta sustancia consideramos que no es razonable extender el permiso de uso hasta julio de 2.013, y por lo tanto, estamos proponiendo prohibirlo de manera inmediata y derogar la Resolución 511/11 del SENASA, con el fin de proteger la salud de los argentinos y el ambiente.

Por otra parte, estamos planteando esta prohibición cuando en Argentina está teniendo lugar el primer juicio por fumigaciones con pesticidas de la historia de nuestro país. El proceso judicial que se inició el 11 de junio pasado y es el resultado de más de 10 años de reclamos y luchas de las madres y vecinos del Barrio Ituzaingó, al sureste de la Ciudad de Córdoba, después de haberse producido la muerte de más de 100 personas. Los estudios epidemiológicos buscando las posibles causas de tantas patologías encontraron un punto en común: en los campos circundantes y en los tanques de agua se encontraron restos de pesticidas como glifosato y endosulfán.

El proyecto de ley que estamos impulsando propone la prohibición inmediata de la importación, elaboración, formulación, comercialización, uso y aplicación del principio activo Endosulfán y los productos que lo contengan.

Las personas físicas o jurídicas que al momento de entrada en vigencia de esta prohibición tengan existencias remanentes, tanto del Principio Activo Endosulfán como de sus productos formulados, deberán informarlo al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, la que autorizará su exportación o destrucción.

Por último, se establecen sanciones específicas por el incumplimiento de lo dispuesto en la Ley, las que abarcan: apercibimiento, multa entre 300 y 10.000) sueldos básicos de la categoría inicial de la administración pública nacional, inhabilitación o clausura, suspensión o revocación de las autorizaciones y cese definitivo de la actividad.

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