El Congreso de la Nación se prepara para discutir públicamente el proyecto de Unificación y Reforma de los Códigos Civil y Comercial. Para ello se conformó una comisión bicameral de 30 miembros, integrada por 15 diputados y 15 senadores, según la proporción de las representaciones políticas en cada una de ellas. Este cuerpo tiene un plazo de 90 días para analizar el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo y producir el dictamen que se tratará en las cámaras legislativas nacionales.
"Es nuestro deber, escuchar y atender las diversas opiniones. La Constitución le reconoce al Poder Ejecutivo la atribución de presentar proyectos en el Congreso Nacional para someterlos a la discusión parlamentaria. Pero lo que no podemos hacer los legisladores es rehuir al debate democrático propio y esencia del poder legislativo", señaló Riestra.
Para el diputado del Frente Amplio Progresista (FAP), es necesario dar "un debate muy amplio, porque para la vida cotidiana y las relaciones sociales y económicas, el Código Civil termina siendo más importante que la Constitución".
"El proyecto de código que envía el Ejecutivo mantiene la visión individualista y liberal del código de Vélez Sarsfield. La reforma propuesta, si bien adecua o modifica algunos institutos como la adopción o el divorcio, mantiene intacta esa mirada y esa impronta del siglo XIX", agregó Riestra.
Es importante destacar que los avances más importantes en derecho se dieron en el campo social y colectivo. "A los derechos individuales se le fueron sumando, los derechos de segunda y tercera generación de cuya existencia este proyecto no parece enterarse", sostuvo el diputado del FAP.
"El nuevo código también podría acompañar a la sociedad en su preocupación por la regulación sobre los bienes comunes (naturales), pero no lo hace. De hecho, el Poder Ejecutivo eliminó un artículo propuesto por la comisión redactora en el que se reconocía el derecho humano al agua potable".
Se debilita la capacidad del Estado
Pero lo más grave, es que el proyecto del ejecutivo, introduce los instrumentos más emblemáticos y eficaces del neoliberalismo, reduciendo claramente la actuación del Estado en las relaciones jurídicas, incluso cuando el propio Estado es parte, habilitando la posibilidad de elegir que ley aplicar, incluso si esa norma pertenece a otro Estado.
De igual manera, las partes pueden elegir un tribunal privado o no, interno o internacional distinto al de los Estados en los que surge el conflicto y se desarrolla la relación jurídica. Tal como ha sido el criterio del neoliberalismo al introducir los Tratados de Protección de Inversiones y la sujeción de los conflictos al arbitraje del CIADI.
"El desplazamiento de la justicia argentina a favor de árbitrajes o jueces extranjeros implica pérdida de soberanía, proceso que arrancó con la última dictadura militar", denunció Riestra.
Trabajadores vulnerables
"Se deben advertir las implicancias del proyecto oficial para los trabajadores, particularmente los dependientes del Estado. Vemos con suma reocupación que el Ejecutivo Nacional ha modificado el anteproyecto presentado por la comisión redactora, eliminando la responsabilidad civil de la administración y sus funcionarios", sostuvo Riestra
En efecto, el Título V del Anteproyecto determinaba que éstos respondían civilmente ante los damnificados por los daños ejecutados por sus actos, fueran éstos lícitos o ilícitos, con alcances similares a los daños ocasionados por las personas físicas o jurídicas de orden privado.
Ahora, según el proyecto que está en tratamiento, la responsabilidad civil del Estado, sus funcionarios y agentes frente a los daños que ocasione a particulares, a terceros en general, y a sus dependientes sólo se regiría por las normas y principios del derecho administrativo, o sea la conducta del estado sería solo juzgada en los limitados y estrechos ámbitos del Derecho Administrativo.
A su vez, los empleados públicos contratados en forma directa o trabajadores subcontratados por contratistas del Estado, también se verían privados de toda posibilidad de obtener el resarcimiento pleno por parte del Estado por los daños y perjuicios que pudieran sufrir a consecuencia de sufrir algún infortunio laboral en ocasión del cumplimiento de sus tareas.
Pueblos originarios
"Como presidente de la Comisión de Población me comprometí a escuchar y hacer llegar la voz de las comunidades indígenas a la bicameral y en el debate", recordó el diputado del FAP.
"En estas últimas semanas muchas comunidades nos manifiestan su preocupación por la reforma, porque consideran que los derechos ganados en años de lucha, ya sea a nivel nacional como internacional, con éste proyecto se verían reducidos", agregó Riestra.
Esto se ve reflejado en el tratamiento que recibe la propiedad comunitaria de sus tierras. El proyecto oficial solo habla de tierras rurales, reduciendo la existencia cultural indígena a la ruralidad o campesinado. Se dejan afuera los espacios urbanos que en muchos casos son ocupados por grupos indígenas que han sido forzados a migrar a las ciudades y/o generaciones enteras que han nacido en la urbe, y que en procesos de recuperación de la identidad se han constituido como Comunidades.
Por otro lado, se establece que las comunidades indígenas son personas jurídicas de carácter privado, como una sociedad anónima o un consorcio de propietarios.
“Nosotros estamos pensando las normas para alcanzar la justicia social y la igualdad. El nuevo código unificado debe servir para que la sociedad argentina de las próximas décadas se desarrolle plenamente y deje atrás el andamiaje jurídico de la injusticia y los privilegios”, concluyó el diputado Riestra.
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