miércoles, 17 de abril de 2013

Impulsan el reconocimiento de feriados a las comunidades indígenas

El diputado nacional Antonio Riestra presentó un proyecto de ley que reconoce a los miembros de las comunidades indígenas, cinco días de licencia corridos o discontinuos durante el año calendario, para que puedan conmemorar las fechas significativas de la comunidad a la cual pertenecen.

Este proyecto fue presentado originalmente por la diputada Verónica Benas y obtuvo media sanción de la cámara baja el 16 de marzo de 2011. Luego no fue tratado en el plazo correspondiente por la Cámara de Senadores y perdió estado parlamentario.

Por motivo, el diputado Antonio Riestra, presidente de la Comisión de Población, reingresó este proyecto para que sea tratado nuevamente.

Se trata de una iniciativa, que en su artículo 1º, establece que “todos los habitantes de la Nación Argentina que integren comunidades indígenas gozarán de cinco (5) días de licencia corridos o discontinuos durante el año calendario para conmemorar las fechas significativas de la comunidad a la cual pertenecen”.

Para ello, “quienes se acojan al beneficio establecido en el artículo 1º de la presente, deberán acreditar ante su empleador o institución educativa su pertenencia a alguna de las Comunidades indígenas que se hallen debidamente inscritas en el Registro de Comunidades Indígenas, creado por ley 23.302, mediante certificación emanada de la respectiva comunidad, suscrita por el representante legal de la misma”.

En el mismo sentido, el proyecto propone la creación de un Registro de Feriados de Pueblos Originarios, en el ámbito del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), donde cada comunidad indígena deberá declarar los días feriados y los motivos de conmemoración, a efectos de hacerlos valer ante los empleadores e instituciones educativas pertinentes.

Sobre este proyecto, Riestra sostuvo que “los pueblos originarios que habitan Latinoamérica han resistido algo más de quinientos años al genocidio, el despojo y el olvido y se proyectan hoy hacia el futuro con la clara convicción de continuar defendiendo sus formas de vida y cosmovisión. En nuestro país son muchos los pueblos aborígenes que luchan por sus derechos y el respeto por su cultura y tradiciones, manteniendo sus rituales y celebraciones”.

Se debe recordar que nuestro país, además de contar con los feriados nacionales dispuestos por la ley 21.329 y sus modificatorias, ha reconocido, por medio de las leyes 24571 y 24757, días de descanso, con goce de haberes y sin afectación del presentismo, para las celebraciones de aquellos trabajadores que profesan la religión judía o islámica.

Ahora bien, los indígenas que trabajan en relación de dependencia y los que asisten a la escuela o universidades, no tienen reconocida la posibilidad de ausentarse de su empleo o institución educativa para participar de los festejos religiosos o tradicionales de sus respectivas comunidades dado que los mismos no están reconocidos como feriados o días de descanso.

Muchas comunidades festejan del 19 al 25 de Abril la "Semana de los Pueblos Indígenas", el 3 de Julio la "Entrada en vigencia del Convenio Internacional 169 de la Organización Internacional del Trabajo", el 6 de Septiembre el "Día Internacional de la Mujer Indígena", y el 11 de Octubre "Recordación del último día de libertad de los pueblos indígenas".

Todas estas celebraciones, que son mencionadas a modo de ejemplo dado que existen muchas otras de igual importancia, hacen al "ser" indígena, su reconocimiento implica el respeto hacia su cultura y cosmovisión y el ejercicio de un derecho de raigambre constitucional.

Así lo entendió la reforma constitucional de 1994 con la incorporación al artículo 75, del inciso 17, que expresa como una de las atribuciones del Congreso la de "Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos" y "Garantizar el respeto a su identidad...". En la misma línea se encuentra la ley 23.302 y el convenio 169 de la OIT.

Toda esta legislación obliga al Estado a reconocer y autorizar las expresiones culturales que hacen a la identidad de los pueblos indígenas argentinos.

“Y como dijimos anteriormente, todo pueblo o religión atribuye gran importancia a la celebración de "sus fiestas". Y dentro del marco jurídico argentino, este proyecto pretende poner en pie de igualdad a los trabajadores y alumnos indígenas, justificando la ausencia de los lugares de trabajo y de las aulas con motivo de determinados festejos”, concluyó el diputado Riestra.

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